La Asignación por Embarazo automatiza desde noviembre el cruce de datos sanitarios con la cartera de Salud nacional
La ANSES resolvió verificar los controles médicos de las titulares a través de la información que le envíe el Ministerio de Salud, sin necesidad de que las beneficiarias presenten documentación, según la Resolución 297/2026 publicada en el Boletín Oficial.
A partir del 1° de noviembre de 2026, las titulares de la Asignación por Embarazo para Protección Social (AUE) dejarán de presentar formularios y constancias ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para acreditar los controles médicos de seguimiento del embarazo, de acuerdo con lo establecido por la Resolución 297/2026, publicada en el Boletín Oficial el 15 de octubre pasado.
Un cruce de datos entre organismos
La medida, según detalla el texto oficial, dispone que el organismo previsional tome como válida la información que el Ministerio de Salud de la Nación le remita cada mes sobre los registros sanitarios de las beneficiarias. En la práctica, esto significa que ANSES consultará directamente las bases de datos oficiales y, a partir de ese intercambio, dará por cumplidos los requisitos de seguimiento médico exigidos por la normativa, sin que la titular tenga que acercar papeles ni concurrir a una delegación.
Hasta la publicación de la resolución, cuando ANSES no disponía de los datos de salud de la beneficiaria, esta debía presentar la documentación respaldatoria de manera presencial o a través del canal digital del organismo para no perder el derecho al cobro de la prestación.
El cambio impacta sobre todo en el pago acumulado del 20% restante
La modificación adquiere mayor relevancia en el tramo final de la asignación. La AUE abona mensualmente el equivalente al 80% del valor de la asignación entre la semana 12 de gestación y el final del embarazo, y liquida el 20% acumulado en un pago único una vez concluida la gestación, tras verificar el cumplimiento de los controles médicos y de la finalización del embarazo.
Según la resolución, la finalización de la gestación se sigue acreditando con la partida o el certificado de nacimiento, el certificado de defunción o el certificado médico de interrupción del embarazo, según corresponda. La novedad es que lo que se automatiza es la verificación de los controles sanitarios previos a ese cobro final.
- La acreditación automática de controles aplica a las asignaciones puestas al pago desde el 1° de noviembre de 2026.
- El intercambio de información se realiza entre el Ministerio de Salud de la Nación y ANSES.
- La finalización del embarazo continúa acreditándose con partida o certificado de nacimiento, certificado de defunción o certificado médico de interrupción.
- La vía documental se mantiene disponible cuando los datos oficiales resulten insuficientes o cuando la titular presente un reclamo.
- Los montos de la prestación no se modifican: 80% mensual y 20% acumulado al cierre de la gestación.
El texto oficial aclara que la resolución no elimina la posibilidad de acreditar los requisitos con documentación respaldatoria. Por el contrario, la vía presencial y digital seguirá disponible para los casos en los que ANSES no reciba los datos del Ministerio de Salud o en los que la titular presente un reclamo por considerar que la información cruzada no refleja su situación real.
