Imputabilidad a los 14: arrancó el nuevo régimen penal juvenil con penas de hasta 15 años de prisión
La ley 27.801 entró en vigencia este sábado tras 180 días de su publicación. Establece sanciones graduadas según la gravedad del delito y deja la privación de libertad como último recurso. Seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance de la norma.
A partir de este sábado rige en todo el país el nuevo régimen penal juvenil establecido por la ley 27.801, que fija en 14 años el límite de imputabilidad y contempla penas de hasta 15 años de privación de libertad para los delitos más graves. La norma entró en vigencia luego de los 180 días previstos desde su publicación en el Boletín Oficial.
La reforma reduce la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y diseña un esquema de sanciones escalonado de acuerdo con la gravedad del hecho. El texto dispone tres modalidades de encierro para los casos más severos: arresto domiciliario, internación en un instituto de régimen abierto o alojamiento en un centro especializado de detención. La pena máxima prevista es de 15 años, aunque dos tercios de la condena pueden cumplirse en libertad condicional, lo que en la práctica limita el encierro efectivo a un tope de diez años.
Sanciones alternativas y requisitos
Para los delitos de menor gravedad, como hurtos y robos sin armas, la ley habilita un abanico de sanciones alternativas al encierro. Incluso en supuestos de robos agravados con armas de fuego, los jueces conservan la facultad de reemplazar la prisión por medidas como tobilleras electrónicas, prohibición de concurrir a determinados lugares y, en situaciones extremas, la separación del menor de su entorno familiar cuando se acredite que ese entorno propicia la actividad delictiva.
Según la fiscalía, la aplicación de la pena alternativa exige dictamen pericial favorable, la conformidad del Ministerio Público Fiscal y que se haya escuchado a la víctima. Además, el adolescente no debe registrar condenas previas ni procesos con auto de procesamiento firme.
- Imputabilidad a partir de los 14 años.
- Pena máxima de 15 años, con encierro efectivo de hasta 10 años.
- Tres modalidades de privación de libertad para delitos graves.
- Sanciones alternativas para hurtos, robos y robos agravados según evaluación judicial.
- Requisitos: pericia favorable, consentimiento fiscal y audiencia previa a la víctima.
Casos fuera del alcance de la ley
Entre la sanción de la norma y su entrada en vigencia, al menos seis menores acusados de homicidio quedaron fuera del alcance del nuevo régimen por razones de edad al momento de los hechos. Entre ellos figura el asesinato del cabo Cristian Gerez, de 36 años, ocurrido el 20 de julio en Loma Hermosa, provincia de Buenos Aires. Los dos imputados, de 14 y 15 años, permanecen bajo custodia judicial pero no enfrentarán proceso penal ni condena. Bajo el esquema anterior, un menor considerado inimputable podía ser internado en un instituto solo hasta cumplir los 18 años, sin registro de antecedentes.
La causa se encuentra en etapa de implementación. La próxima instancia será la adecuación de los procedimientos judiciales y de los dispositivos de contención en las jurisdicciones donde deban aplicarse las nuevas sanciones, mientras el Poder Judicial y los ministerios públicos fiscales definen los criterios de aplicación.
