Prescribió la causa y un femicida condenado quedó libre en Tierra del Fuego
El Tribunal Superior de Justicia de la provincia sobreseyó a Ramón Ángel Abregú, que había sido condenado a 20 años por el asesinato de su expareja embarazada. El máximo tribunal consideró que pasaron más de dos décadas sin actos interruptivos de la acción penal.
A las 11 de la mañana de este jueves, en la ciudad de Ushuaia, el Tribunal Superior de Justicia de Tierra del Fuego resolvió por mayoría declarar extinguida la acción penal y ordenar la inmediata libertad de Ramón Ángel Abregú, quien había sido condenado a 20 años de prisión por el homicidio de Eva Azulina Falcón, su expareja, perpetrado cuando ella cursaba un embarazo.
La decisión fue adoptada con los votos de los jueces María del Carmen Battaini, Javier Muchnik y Sergio Diéguez, mientras que el juez Ernesto Löffler se pronunció en contra. El tribunal modificó el criterio que había sostenido el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, donde el planteo de prescripción había sido rechazado.
Los hechos que derivaron en la condena
Según la sentencia dictada en septiembre de 2000, Abregú mató a Eva Azulina Falcón el 23 de enero de ese año en un consultorio de la clínica Cemep de Río Grande. Tras el ataque, fue detenido de inmediato y condenado a 20 años de prisión. El 15 de febrero de 2001 se fugó de la unidad penitenciaria donde cumplía la pena y permaneció prófugo durante 22 años, hasta que en 2023 se presentó ante la Justicia para pedir la prescripción.
El camino hacia el sobreseimiento
Cuando Abregú solicitó la prescripción, los jueces Eduardo López y Juan José Varela, del Tribunal de Juicio de Río Grande, rechazaron el planteo porque coincidieron con el fiscal mayor Martín Bramatti en que la evasión constituía un delito continuo que interrumpía el cómputo de la prescripción. Sin embargo, según la fiscalía, esa causa por la fuga terminó con un sobreseimiento, lo que para los jueces del superior tribunal eliminó la causal de interrupción vinculada con la comisión de otro delito.
Muchnik adhirió al razonamiento de Battaini y Diéguez acompañó la misma postura. La mayoría también tomó como referencia el precedente «Ilarraz» de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, referido a la prescripción y su relación con las garantías constitucionales.
“Admitir la prescripción resultaba incompatible con las obligaciones de protección y sanción de la violencia contra las mujeres previstas en convenciones internacionales.”Ernesto Löffler, voto en disidencia
Estado de la causa y próxima instancia
La resolución ordenó el sobreseimiento y la libertad inmediata de Abregú. La causa penal se encuentra extinguida por prescripción y, según la información disponible, no resta otra instancia dentro del fuero provincial. Cualquier planteo sobre el alcance de los compromisos internacionales en materia de violencia de género podría eventualmente abrir un debate en esferas no judiciales, pero la decisión del máximo tribunal fueguino se encuentra firme en el ámbito local.
